
Leyes y normas
Ley N° 700 (año 2015)
Descripción: Establece el régimen para la defensa y protección de los derechos de los animales, como componentes de la Madre Tierra y parte de la biodiversidad nacional, promoviendo el derecho a la vida que tienen los seres vivos.
Articulo 5. (OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS).
l. Las personas tienen las siguientes obligaciones:
a) Evitar causarles o permitir sufrimientos innecesarios.
b) Abstenerse de realizar procedimientos quirúrgicos innecesarios.
c) Educar a las nuevas generaciones, sobre la importancia del respeto a los animales y promover su defensa.
d)Denunciar ante las autoridades competentes, los actos de maltrato y crueldad que contravengan el ordenamiento jurídico relacionado con la protección de los animales.
e) Denunciar los casos de sospechas de zoonosis y otras enfermedades propias de los animales, ante las autoridades competentes.
f) Otras establecidas por Ley o reglamento.
II. Los dueños o encargados de los animales, tienen las siguientes obligaciones:
a) Asumir la responsabilidad emergente de la custodia y tenencia de un animal y de los daños a terceros que el animal pudiera ocasionar.
b) Controlar su ciclo reproductivo y darle cuidado médico veterinario profesional, adecuado y oportuno.
c) Velar por su alimentación y abrigo necesario.
d) Evitar la cría de un número mayor de animales que el que pueda ser bien mantenido, sin ocasionar molestias a terceros, ni poner en peligro la salud pública.
e) No abandonarlos.
Articulo 6. (PROHIBICIONES).
Se prohibe:
a) El uso de animales en prácticas de instrucción militar, policial u otras, en las que se provoque la muerte o sufrimiento del animal.
b) La movilización, ingreso, salida y comercialización de animales en las jurisdicciones afectadas, encaso de brotes derabia, zoonosis y epizootias.
c) Someter a los animales a trabajos por encima de su resistencia o capacidad, al punto de causarles enfermedades o la muerte.
d) El traslado de animales con procedimientos que impliquen crueldad, malos tratos, fatiga y carencia de descanso.
e) El sacrificio de animales en el que se provoque el sufrimiento innecesario y agonía prolongada.
Sanciones desde 6 meses hasta 5 años
